REGISTRO HORARIO INCOMPLETO.CONTRATO A TIEMPO COMPLETO. 

24.05.2023

El TSXG, confirmando la sentencia dictada en primera instancia, declarando que si una empresa no tiene bien registrados los horarios de los trabajadores es como si hubiesen desempeñado su labor a tiempo completo, por lo que les debe abonar la diferencia salarial.

La trabajadora con categoría de auxiliar administrativa, prestaba servicios para la empresa a tiempo parcial realizando 20 horas semanales. Desempeñaba labores de Community Manager y le aplicó el Convenio de Publicidad, reconoce categoría superior a la empleada y también 40 horas semanales.

El Convenio recoge que la jornada de los trabajadores a tiempo parcial será registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando una copia al trabajador, el recibo de los salarios y el resumen de todas las horas extra realizadas cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias, así como que, en caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba que acredite el carácter parcial de los servicios.

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